CONVOCATORIA DE BECAS 2015-2016

Con fecha 6 de agosto de 2015 se publica en el BOE la Resolución de 30 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2015-2016, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.


Los plazos para presentar la solicitud se extenderán hasta:

a) El 15 de octubre de 2015, inclusive, para los estudiantes universitarios.

b) El 30 de septiembre de 2015, inclusive, para los estudiantes no universitarios.


Importante: Las solicitudes de beca deberán presentarse, en todo caso, en los plazos indicados aunque dichos plazos no coincidan con el plazo de matrícula correspondiente.


La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede. educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios» o en la dirección electrónica www.mecd.gob.es


Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, o mediante la utilización de claves concertadas y/o la aportación de información conocida por ambas partes.


Posteriormente la solicitud debe ser enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.


A continuación se puede consultar el texto de la convocatoria y el documento informativo relativo a determinados aspectos formales relacionados con la cumplimentación y presentación de la solicitud y documentación anexa.


Para ampliar información se puede consultar:

- El portal de becas y ayudas al estudio de la Consejería de Educacion: http://www.juntadeandalucia.es/educacion/webportal/web/becas-y-ayudas

- El portal de becas del Ministerio de Educación: http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/mc/becas/2015/presentacion.html

convocatoria+general+15-16.pdf
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DEVOLUCIÓN TASAS ACADÉMICAS (BECAS)

El alumnado que haya sido beneficiado por una beca del régimen general de ayuda al estudio, podrá solicitar la devolución de las tasas académicas abonadas presentando la siguiente documentación:

 

- Impreso de solicitud de devolución de tasas.

- Impreso de cobro por transferencia.

- Fotocopia del D.N.I.

- Fotocopia del modelo 046 (abono de las tasas académicas).

- Fotocopia de la credencial de becario.

Impreso solicitud devolución de tasas
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Impreso cobro por transferencia
cobro por transferencia tasas.pdf
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Plazo: dicho alumnado deberá entregar la documentación justificativa antes de la finalización del presente curso.